Muerte en 2014 de una niña de 12 años por electrocución en una atracción de feria. Acusados como autores de homicidio imprudente: el concejal, un empleado municipal, el dueño de la atracción y el electricista. Pendiente de juicio.

El próximo mes de septiembre se cumplirán seis años del fallecimiento de Alba, una niña de 12 años que en 2014  murió al electrocutarse cuando bajó de una atracción de Feria en en la pedanía de Maribáñez, en Los Palacios (Sevilla).

Aunque al principio no se descartó una muerte natural ya que la niña se desplomó sin que nadie advirtiera la causa, desde los primeros resultados de la autopsia se confirmó que la muerte se había producido debido a una descarga eléctrica por los síntomas de electrocución que presentaba el cuerpo. Otra menor que acompañaba a Alba en el momento en que bajaban de esta atracción, también resultó herida en un brazo por contacto con la fallecida y tuvo que ser trasladada al Hospital.

Un informe técnico realizado durante la investigación detectó anomalías en el cuadro eléctrico por falta de aislamiento y defectos en la toma de tierra. Los técnicos en su informe concluyeron que la atracción no reunía las condiciones de seguridad adecuadas y por tanto no debería haber estado funcionado.

Hay cuatro personas acusadas por el Fiscal por homicidio imprudente:

  • El concejal delegado de Urbanismo de Los Palacios (petición de 2 años de prisión)
  • El dueño de la atracción (petición de 3 años de prisión) 
  • El electricista que contrató el empresario para revisar la instalación eléctrica (petición de 3 años de prisión)
  • Un empleado municipal  que tras recibir quejas de los usuarios debería haber inspeccionado el montaje (petición de 2 años de prisión) 

La acusación particular, por su parte, solicita 4 años de prisión para todos los acusados.

Cabe recordar que el artículo 142 del Código Penal indica que «El que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años» por lo que la pena solicitada por la acusación particular es la máxima que le permite la normativa. En el momento de los hechos, a pesar de que no había entrado en vigor la gran reforma de 2015, el redactado en ese punto era idéntico.

Además se les solicita inhabilitación de seis años para el desempeño de oficio, cargo o profesión para cada uno de los implicados.

En el escrito de acusación el Ministerio Fiscal indica que el dueño de la atracción y el electricista que contrató el empresario para revisar la instalación eléctrica tuvieron una responsabilidad directa en el mal estado de la instalación.

Al Concejal y al empleado municipal se les acusa por no atender con diligencia los avisos de mal funcionamiento que se habían dado tan sólo un día antes por la Guardia Civil, quien lo puso en conocimiento del ayuntamiento ya que  había a su vez recibido quejas de distintos usuarios diciendo que la atracción les daba calambres.

El Concejal delegado de Urbanismo envió al técnico a que revisara la atracción quien – según el Fiscal – realizó una inspección «inexacta y superficial» que se limitó a detectar que un trozo de cable estaba tocando un charco de agua y ordenar al feriante que lo levantara sin cerrar en ningún momento de manera preventiva la atracción.

En cuanto a las responsabilidades civiles se reclaman a

  • Dos compañías aseguradoras (responsable civil directo)
  • Ayuntamiento (responsable subsidiario)

 

El pasado mes de septiembre el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Utrera remitió la causa al juzgado Decano de Sevilla sin que hasta ahora haya trascendido la fecha del señalamiento del juicio.

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